- El Real Decreto aprobado el viernes introduce medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público
- La Junta Directiva de la patronal catalana considera que el cumplimiento de los objetivos de déficit no puede resolverse exclusivamente a costa de la tesorería de las empresas y reclama la formación de un gobierno con capacidad para continuar las reformas necesarias para el país
La Junta Directiva de Foment ha criticado hoy severamente el Real Decreto-ley 2/2016, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público y, entre ellas, el incremento del pago mínimo en los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. En general, se considera que establecer un pago mínimo del 23% (25% para bancos y empresas petrolíferas) en los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades de las empresas que facturan más de 10 millones de euros, castiga de forma desproporcionada a las empresas e introduce más riesgos para la inversión y la creación de empleo.
Los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades afectará ya al que se ha de presentar en los primeros 20 días de octubre (con anterioridad, el día 15, si se domicilia bancariamente) lo que en la práctica supone que las empresas deberán ingresar unos 24.000 millones de euros en tan sólo 20 días. Con esta medida el Gobierno prevé incrementar la recaudación en unos 8.000 millones de euros. La Junta Directiva entiende que se pone en peligro la solvencia a corto plazo de las empresas y critica que el cumplimiento de los objetivos de déficit pretenda resolverse casi exclusivamente a costa de la tesorería de buena parte del tejido empresarial. La decisión del Gobierno dobla el pago mínimo respecto al 2015 –del 12% al 23%- y reduce a la mitad el umbral de aplicación –de 20 millones de facturación a 10 millones-.
Del mismo modo, la Junta Directiva ha criticado también la incertidumbre política generada a partir de la incapacidad de las formaciones políticas para facilitar la formación de un Gobierno estable que pueda continuar con las reformas que necesita el país, mientras el déficit público continúa descontrolado.
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Por otro lado, la Junta Directiva ha analizado también la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaró la semana pasada que la actual regulación española de contratos interinos es contraria al principio de no discriminación entre trabajadores con contrato de duración determinada y trabajadores fijos.
La Junta Directiva consideró que la sentencia introduce elementos de confusión y es de aplicación únicamente al supuesto concreto enjuiciado relativo a un contrato de interinidad con connotaciones específicas. Considera que se deberá estar a la expectativa de la interpretación de los tribunales ante futuros supuestos que se planteen, y confirmar, por tanto, si el legislador decide adoptar modificaciones normativas en materia de contratación temporal e indefinida.
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