- Sólo el 13,24% de los convenios establecen un horario flexible, mientras que el 42% pactan la jornada en cómputo anual y el 54,79% contemplan la distribución irregular de la jornada de trabajo
- El 21,92% de los convenios colectivos establecen la compensación de las horas extraordinarias preferentemente con descansos, el 15,98% las compensan en metálico, el 33,79% con las dos fórmulas indistintamente y el 28,31% no regulan esta materia.
- Foment presenta su V Informe sobre el Mercado Laboral y la Negociación Colectiva en Cataluña.
- Los datos analizados constatan que en el periodo enero-agosto 2016 han aumentado los ERE de extinción (+ 9,78%) y han decrecido los de suspensión (-33,33%) y los de reducción de jornada (-50,54 %), lo que puede evidenciar que los efectos negativos de la incertidumbre en torno a la permanencia de la actual normativa laboral
Foment del Treball ha constatado que las medidas de flexibilidad en las jornadas laborales reguladas en la negociación colectiva son todavía manifiestamente insuficientes. Foment considera que hay que promover aún más estas medidas de flexibilidad acordada, a tenor del compromiso firmado por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en Cataluña en el último Acuerdo Interprofesional de Cataluña, de promover la regulación en la negociación colectiva de la organización flexible del tiempo de trabajo, como una alternativa para poder alcanzar acuerdos de flexibilidad. Foment ha analizado los 219 Convenios Colectivos que se aplican en Cataluña, de los cuales 100 son de ámbito estatal, 42 de ámbito autonómico (Cataluña) y 77 de ámbito provincial (Barcelona, Girona, Lleida o Tarragona). Este estudio se incluye en el último Informe sobre el Mercado Laboral y la Negociación Colectiva en Cataluña.
Los convenios colectivos sectoriales y de empresa pueden establecer las reglas generales de la flexibilidad del tiempo de trabajo: distribución irregular de la jornada, bolsas de horas anuales, determinación del máximo de horas flexibles, reglas de compensación, periodos de reorganización del tiempo de trabajo (semanas, trimestres, semestres, organización del tiempo más allá del año natural, etc.), jornada mínima y máxima diaria, y su relación con las horas extraordinarias. En relación al tipo de jornada, el 27,85% del total de Convenios analizados establecen jornada continuada (el 16,89% son Convenios estatales, el 3,20% son autonómicos y el 7,76% son provinciales). En comparación con la última Encuesta de CEOE sobre Negociación Colectiva de 2008, hay un descenso de 5,15 décimas ya que en esta Encuesta se situaban en el 33% de los Convenios analizados.
Del análisis de los datos podemos observar que el establecimiento de la jornada continua no es una práctica habitual en la negociación colectiva.
Únicamente, el 13,24% de los Convenios analizados establecen un horario flexible. Si bien, cabe destacar que es en el ámbito estatal donde este tipo de medidas tienen una mayor incidencia con un 19,80% de los Convenios de este ámbito que así lo regulan.
Como se puede observar, el horario flexible no es una práctica generalizada en la negociación colectiva, lo que ya se ponía de manifiesto en la Encuesta de CEOE sobre Negociación Colectiva de 2008, donde sólo dos de cada diez de los Convenios analizados lo contemplaban.
La incertidumbre sobre una posible derogación de la Reforma Laboral puede afectar el empleo
En el V Informe sobre el Mercado Laboral y la Negociación Colectiva en Cataluña, analiza los indicadores del último trimestre relacionados con el empleo y la contratación, la negociación colectiva, los expedientes de regulación de empleo, la conflictividad laboral y la resolución extrajudicial de conflictos. Ha llamado la atención en esta última análisis el hecho de que en el periodo enero-agosto 2016 han aumentado los ERE de extinción (+ 9,78%) y han decrecido los de suspensión (-33,33%) y los de reducción de jornada (-50,54%). Este hecho, según el análisis de Fomento, puede evidenciar que la incertidumbre generada ante posibles decisiones políticas futuras que modifiquen la normativa laboral comportando retrocesos en los mecanismos flexibilizadores, haya incidido en las decisiones de algunas empresas.
Por lo demás, el Informe constata que se continúa con la tendencia positiva de crecimiento del empleo iniciada en julio 2013. Interanualmente ha producido una reducción del paro registrado del 12,10% en Cataluña y del 9,13 % en España. Según la EPA, la tasa de paro se sitúa en el 15,95% en Cataluña y en el 20% en España. En cuanto a la afiliación y la contratación, también se constata una mejora con aumentos en Cataluña del 3,90% y del 14,07%, respectivamente.
Y en la negociación colectiva destaca el notable incremento del número de Convenios Colectivos registrados: de un 44,91% en Cataluña y el 84,57% en España en el periodo de enero a agosto de 2016 respecto a idéntico período del año anterior.
Además, el salario pactado en los convenios registrados de enero a agosto de 2016 se ha incrementado un 35,63% en Cataluña, pasando del 0,87% al 1,18%, y un 47,30% en España, pasando del 0,74% al 1,09%: son incrementos relevantes pero se sitúan en una línea de moderación salarial y dentro de los parámetros del AENC.
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