Cuando se concierta la actividad preventiva con un Servicio de Prevención Ajeno (SPA), no estamos ante la cesión de las responsabilidades. El empresario recurre a una entidad acreditada para recibir el asesoramiento y el apoyo necesario en el control y la gestión de los riesgos laborales.
Para cumplir las responsabilidades empresariales en materia de seguridad y salud es necesario que la empresa y el Servicio de Prevención Ajeno mantengan una comunicación fluida. La actuación del SPA depende en gran medida de la calidad de la información que recibe de la empresa y de la rapidez de la comunicación.
Durante la jornada se habló sobre cómo deber ser la comunicación entre empresas y servicios de prevención con la finalidad de mejorar las actuaciones preventivas desarrolladas y aumentar la calidad del servicio ofrecido por las entidades acreditadas. Asimismo, se presentó la campaña Dit i Fet + comunicació = + prevenció.
Vídeo de la jornada
Documentación relacionada
Campaña Dit i Fet + comunicació = + prevenció.
Esta campaña de sensibilización tiene como objetivo optimizar la utilización de los recursos internos de las empresas en la concertación de las actividades preventivas con el SPA, con el fin de mejorar la eficiencia de las actuaciones preventivas desarrolladas y aumentar la calidad del servicio ofrecido por las entidades acreditadas.
Se ha desarrollado un microsite que sirve de repositorio y de portal de acceso a todo el material editado en el marco de la campaña.
Como mejorar la coordinación entre las empresas y los SPA. Obligaciones y responsabilidades
En ocasiones la adecuación de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales en las empresas resulta difícil, ya sea por la complejidad de la actividad que se lleva a cabo, por la dificultad que entraña el entendimiento de la materia o por la falta de información que permita una lectura sencilla de las obligaciones de la empresa.
Esta publicación explica los pasos que se deben realizar para integrar la actividad preventiva y permite comprender en profundidad la extensión de los deberes y obligaciones de ambas partes.
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