La mayor incidencia económica y la falta de contención inicialmente prevista del coronavirus han puesto en tensión los mercados bursátiles mundiales y los de las materias primas. En el primer caso, cabe destacar la fuerte caída de la Bolsa española, que ayer lunes lo hizo con una fuerte intensidad, arrojando una pérdida superior al 20% desde el inicio de la afectación sanitaria por el coronavirus; y la fuerte caída del precio del petróleo, que refleja el menor nivel de actividad productiva a nivel mundial, más allá de las divergencia entre los países productores.
El empeoramiento, aunque suave, de las primas de riesgo, que afecta especialmente a los países mediterráneos, hace que se deban extremar más aún las propuestas de política económica, que eviten agravar aún más esta situación. El sosiego y la prudencia deben ser prioritarios ante una mayor incertidumbre. Más aún ante una Italia que ha aplicado restricciones a la movilidad en el conjunto del país, y en España ante una nueva clasificación del episodio sanitario que ahora es de contención reforzada.
Con independencia de las medidas sanitarias, algunas posiblemente bastante restrictivas a la movilidad, el Gobierno español y el catalán deben adoptar planes de contención económica como ya han anunciado los gobiernos de Alemania y de Francia, además del italiano. Su objetivo dar confianza en que se adoptarán las medidas necesarias, en algunos casos, ya anunciadas, para evitar que Europa y sus países puedan entrar en fase recesiva. En este sentido, se deben entender los trabajos preparatorios para el Consejo Europeo de marzo y las medidas que se van discutiendo dentro del Eurogrupo.
En la zona Euro a diferencia de otros países, como EEUU, el margen de la política monetaria es muy bajo, más allá de ampliar las medidas cuantitativas. Para un mejor efecto, debería hacerse de forma coordinada por las autoridades monetarias, a fin de evitar un pánico bursátil que ahonde la coyuntura actual.
Por todo ello, se hace preciso, en estos momentos, y ante un escenario desconocido en su afectación temporal, transmitir y adoptar un plan de actuación, que contenga un plan de choque, a fin de evitar una brusca caída de la actividad, por un lado; y que pueda compensar en parte, a aquellos sectores que han sido o serán más sensibles a esta afectación sanitaria. En este sentido, las herramientas deben ser las políticas fiscales (tanto desde el ingreso, como del gasto) que permitan estabilizar el ciclo a corto plazo, y que garantice un apoyo público imprescindible a los sectores, tales como el turismo, la organización de eventos, las industrias culturales y las actividades deportivas, entre otras, que presentarán un año difícil.
Se deberán adoptar medidas de flexibilidad en el ámbito laboral, que habrá que ver en cada caso y, en su momento, en línea con el acuerdo adoptado ayer en el seno del Consell de Relacions Laborals, entre el Gobierno catalán, las organizaciones sindicales y patronales catalanas.
Por todo ello, se considera imprescindible la aplicación de un Plan de Acción, que tenga medidas graduales, que sean conocidas y que transmitan tranquilidad a la población en estos momentos de incertidumbre y que se aplique ya, en parte, mediante un plan de choque inmediato. No se fija en las propuestas de medidas su cualificación. En muchos casos, estas deberán fijarse en función de la evolución de la situación derivada del coronavirus, aunque tendrán que ser suficientes para el objetivo buscado. De ahí que deba de adoptarse en el seno de la Unión Europea la flexibilidad, ya prevista en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, que permite su corrección de objetivos del déficit público, ante hechos excepcionales, como el que actualmente nos encontramos con el coronavirus.
PRINCIPALES MEDIDAS DEL PLAN DE ACCIÓN
Se estructura en dos bloques: el primero centrado en los sectores afectados y el otro de ámbito general.
– MEDIDAS DE APOYO A LOS PRINCIPALES SECTORES AFECTADOS (transporte y logística, turismo, industrias culturales, deportivas, asistencia sanitaria y social, empresas industriales con afectaciones logísticas, etc.).
– Aplazamientos razonables y graduales sin intereses, según la afectación general, y sectorial, del pago de los impuestos empresariales y de las cotizaciones sociales a cargo de los empleadores.
– Línea de financiación para las empresas de los sectores afectados, que refuercen su liquidez, mediante el ICO y el ICF (en Catalunya) con tipos de interés cero (subvencionados con cargo a sus respectivos presupuestos del Gobierno central y de la Generalitat de Catalunya).
– Retirar el Impuesto especial sobre el transporte aéreo, propuesto mediante consulta por el Gobierno central.
– Retirar (o no aprobar) el incremento de la tasa turística en Catalunya, y su recargo para el Ayuntamiento de Barcelona, contenido en la Ley de Medidas Fiscales en debate parlamentario.
– Facilitar la realización de ERTE de carácter temporal a las empresas, con mayor aportación pública, que no suponga pérdida retributiva de los empleados, ni que estos ERTE temporal pueda afectar a derechos futuros (pérdida de prestaciones por desempleo, etc.).
– Exonerar los 15 días previos para los ERTE de afectación evidente por el coronavirus, y realizarlo mediante declaración responsable (y control ex post) como, por ejemplo, sería el transporte escolar, en caso de cuarentena o aprobación pública de cierre temporal de escuelas.
– Plan de impulso de las actividades culturales, una vez superado el período vírico, mediante descuentos que sean subvencionados.
– Adecuar los módulos del IRPF para el ejercicio 2020, con la consiguiente reducción, a tenor de los efectos sectoriales que se vayan produciendo, y/o territorialmente por la afectación de cuarentenas.
– Ampliación del programa del IMSERSO en el presente ejercicio, una vez superado el episodio vírico.
– Pensar en estructurar un programa IMSERSO EUROPEO, que una vez superado el episodio vírico, permita profundizar en las relaciones entre europeos, como lo hace el programa ERASMUS entre los estudiantes.
MEDIDAS GENERALES CON AFECTACIÓN AMPLIA
– Reducción del Impuesto de Sociedades con un tipo del 15% para beneficios no distribuidos. La disminución de la actividad de estas semanas tendrá su reflejo en menores beneficios, por lo que sería adecuado reforzar que estos se queden en la empresa, de ahí un tipo reducido para los beneficios no distribuidos.
– Plan de impulso de la actividad mediante el incremento adicional de las inversiones públicas y edificación de vivienda o su rehabilitación.
– Desgravación en el Impuesto sobre Sociedades, o IRPF en su caso, del 50% durante el presente ejercicio, del gasto en productos para el teletrabajo, como ordenadores, portátiles, tablets, móviles y cualquier otro para dicha finalidad.
– Deducción del 25% del Impuesto sobre Sociedades, o del IRPF en su caso, de la nueva inversión realizada en 2020.
– Aplicación de un plan renove reforzado que facilite la renovación del envejecido y contaminante parque de vehículos en España.
– Exención del IRPF como retribución en especie del pago que haga la empresa al trabajador por la línea telefónica/cable/ADSL o cualquier otra tecnología que le permita el teletrabajo.
– Recuperar la deducción del 15% en el IRPF para rehabilitación de viviendas. No discrimina por el régimen de tenencia y es intensiva en mano de obra.
– Incentivar las inversiones realizadas en 2020 de libertad de amortización, ya sea en el Impuesto sobre Sociedades como en el IRPF para las actividades económicas.
– Reforzar el e-learning, para evitar que los períodos de cuarentena supongan pérdidas significativas de horas lectivas. Para el presente ejercicio de 2020, se establecerá una deducción del 25% del IRPF por la compra de material informático (ordenadores, tablets, teléfonos, portátiles, impresoras, etc.) para facilitar su adquisición. Asimismo, podrían establecerse líneas de crédito concertadas con el ICO y entidades bancarias, para poder financiarlo en 24 meses.
– Deducción del 25% por los gastos ocasionados por las familias derivados de la aplicación de la cuarentena (atención a menores y mayores, etc.).
– Ampliar el período de aplicación de la tarifa plana a los trabajadores autónomos, que serán los grandes perjudicados en esta situación.
– No aplicar la subida de la cotización mínima a los autónomos en el presente ejercicio de 2020.
Comments are closed.