El consejero de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, Chakir lo Homrani, y los secretarios generales de los sindicatos UGT Y CCOO, Camil Ros i Javier Pacheco, y presidentes de las patronales Foment del Treball Nacional y PIMEC, Josep Sánchez Llibre y Josep González, han presentado el acuerdo para regular legalmente la participación institucional, el diálogo social permanente y la concertación social de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en Cataluña.
El acuerdo, que el Departamento se compromete a tramitar en forma de Decreto Ley de tramitación urgente, será propuesto en el Gobierno de la Generalitat en la próxima reunión del Consejo Ejecutivo para empezar la tramitación parlamentaria de la Ley de Participación Institucional.
Una vez aprobada, quedará regulado por ley el marco de la participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Cataluña en los órganos, entidades o empresas públicas integrados en la Generalitat de Cataluña.
La manera de participación será por medio de comisiones, consejos u otros órganos colegiados que tengan atribuidas competencias en materias laborales, sociales y socioeconómicas que afecten los intereses económicos y sociales de personas trabajadoras y del empresariado.
Así mismo, se creará el Consejo del Diálogo Social de Cataluña, un nuevo órgano colegiado, de participación institucional y permanente, de carácter tripartito, que velará por el desarrollo del diálogo y la concertación social, y que estará adscrito al Departamento competente en materia de trabajo.
Los cinco hitos del acuerdo
- Por primera vez se ordena jurídicamente la concertación y el diálogo socials en el Marc Català de Relaciones Laborales.
- Se ordena y se da transparencia definitivamente en el espacio de representación empresarial después del acuerdo logrado por PIMEC y Foment del Treball el año pasado con la mediación de Treball.
- Es refuerza la figura del Tribunal Laboral de Cataluña como instrumento de los agentes sociales y económicos para la resolución extrajudicial de conflictos.
- Permite que todas las administraciones de Cataluña puedan crear espacios de concertación y diálogo dentro de sus competencias, si así lo acuerdan.
- Mujer ampara legal a la tradición de concertación social en Cataluña, que ha estado intensa y fructífera.
Principales aspectos del acuerdo
- Se regula por ley el marco de la participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Cataluña en los órganos, entidades o empresas públicas integrados en la Generalitat de Cataluña.
- Se entiende por participación institucional el ejercicio de tareas y actividades de defensa y promoción de los intereses generales comunes e intersectoriales que corresponden a trabajadores/se y empresarios/se. Y por diálogo social permanente y concertación social, se entiende la participación, la interacción, la negociación y las conversaciones que se llevan a cabo de forma estable y en todos los ámbitos que determina el acuerdo.
- El objetivo es lograr consensos entre las administraciones y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en materia de acción social y económica de interés general, especialmente en ámbitos como la mejora de la ocupación y su calidad y dignidad; la dinamización empresarial e industrial; el crecimiento económico sostenible e inclusivo; y la preservación del estado del bienestar.
- Se establece cuáles son las organizaciones sindicales y empresariales más representativas según la normativa vigente, y en el caso de las organizaciones empresariales en función del acuerdo logrado entre ellas.
- La aplicación de la participación institucional, el diálogo social permanente y la concertación social establecidos en el Decreto Ley, se ejercerán en los términos que la legislación específica de cada órgano de los departamentos de la Generalitat de Cataluña, entidades o empresas públicas establezca en ámbitos competenciales de carácter laboral, social, socioeconómico y fomento del desarrollo económico y social.
- También es de aplicación a aquellas otras administraciones públicas de Cataluña, así como sus organismos autónomos integrados y su sector público, que así lo determinen por acuerdo de sus órganos de Govern.
- Se creará el Consell del Diálogo Social de Cataluña, órgano colegiado, de participación institucional y permanente, de carácter tripartito, que velará por el desarrollo del diálogo y la concertación social, adscrito al Departamento competente en materia de treball.
- La Generalitat tendrá que garantizar la existencia y la financiación del Tribunal Laboral de Cataluña, ente participado por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, para hacer efectiva la solución extrajudicial de conflictos.
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