- Prácticamente sólo España y Francia en Europa cuentan con este impuesto, y este país tiene prevista una profunda remodelación.
- Se trata de un tributo estatal cedido a las comunidades autónomas, que lo regulan y recaudan. Desde 2011 requiere la renovación anual.
- Cataluña es la comunidad con más tributos propios. Además tiene una imagen muy negativa con respecto a la carga impositiva que perjudica a empresas, profesionales y familias.
La Junta Directiva de Foment del Treball considera prioritario que en los próximos meses se preste una atención específica al impuesto de Patrimonio, con una regulación, por parte de la Generalitat de Cataluña- que determine un mínimo exento más atractivo o la bonificación total del mismo, hasta su supresión definitiva por parte de la Administración del Estado. Cataluña es la comunidad autónoma con más tributos propios y tipos impositivos más altos y la patronal catalana valora que el Impuesto de Patrimonio penaliza a las rentas medias, promueve la inactividad económica y frena la atracción de talento. Foment recuerda que este tributo es una rara avis en vías de extinción ya que en Europa sólo se mantiene en vigor en España y Francia. España suprimió este impuesto en 2008 y lo recuperó a partir de 2011 -por compensar la pérdida de recaudación con motivo de la crisis- y requiere la renovación anual. Francia ya ha previsto una profunda remodelación del mismo.
El impuesto de Patrimonio es un tributo estatal cedido a las comunidades autónomas, que lo regulan y recaudan, y esto provoca desigualdades. Cataluña, Aragón y Extremadura son las tres comunidades con este impuesto más elevado. En Madrid está bonificado al cien por cien. La Junta Directiva de Foment del Treball ha valorado que en el contexto de crisis política e institucional hay que dar señales a los inversores para dinamizar la actividad económica, atraer talento y facilitar las inversiones con la movilización de capital que, con este tributo, queda inactivo.
«La administración pública -considera Foment- debe profundizar en una regulación más provechosa para la actividad productiva, fomentar el ahorro individual y la capitalización de las empresas y, por tanto, la política fiscal es clave y una carta de presentación muy potente para atraer, mantener y fomentar la actividad económica «.
Para compensar la disminución de recaudación por parte de las comunidades autónomas, Foment propone que se valore la cesión de otros impuestos que el Estado gestiona actualmente con competencia exclusiva.
Foment del Treball pide que la aplicación de los impuestos debería ser entendida para crear una situación que haga compatible el mantenimiento del Estado del Bienestar, con una gestión eficiente de los impuestos y revertir de forma gradual el incremento continuado de la presión fiscal, que se justificó a partir del año 2008 como consecuencia de la crisis económica. La economía crece y los principales organismos internacionales prevén mejoras de los principales indicadores.
Nuevos impuestos en el 2017
- El Impuesto de las bebidas azucaradas se aprobó a principios de año y está en vigor desde el 1 de mayo. En julio comenzó el primer periodo de autoliquidación.
- Impost sobre els actius no productius de persones jurídiques, que es va meritar el passat 30 de juny. A dia d’avui encara no s’ha aprovat ni el reglament ni els paràmetres de liquidació, previstos a partir de l’any vinent. Aques impost està suspès pel Tribunal Constitucional.
- En la ley de medidas fiscales aprobada el pasado 28 de marzo se introdujeron nuevos impuestos como el referido a las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica, y el de elementos radiotóxico que entrará en vigor el próximo 1 de enero, mediante la ley 5/2017, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de la creación y regulación de los impuestos de grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxico, sobre bebidas azucaradas y sobre las emisiones de dióxido de carbono.
- El Parlament de Catalunya ha aprobado -DOGC de 3 de agosto- la Ley 16/2017 de cambio climático, que modifica el impuesto aprobado por la ley de medidas del pasado 28 de marzo, y además se anuncian dos nuevos impuestos :
- El primero sobre las actividades económicas que generan dióxido de carbono. El Gobierno presentará al Parlamento el proyecto de ley del impuesto sobre las actividades económicas que generan gases de efecto invernadero, por lo que el Parlamento pueda aprobar la ley correspondiente y el impuesto pueda entrar en vigor en 2019, con el agravio añadido para las empresas sujetas al mercado europeo de derechos de comercio de derechos de emisiones. El impuesto de emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica está suspendido el Tribunal Constitucional.
- El segundo sobre las emisiones portuarias de grandes barcos, de acuerdo con su artículo 39 y las disposiciones finales Undécima y Duodécima de esta ley.
- Adicionalmente, hay el Anteproyecto de ley de ordenación del litoral, que en su artículo 25 se crea una nueva figura tributaria «el canon de explotación de actividad», con un tipo impositivo del 3% de los beneficios netos anuales, que ya se encuentran grabados en el IRPF o el Impuesto de Sociedades por los rendimientos de las actividades económicas, ya sea por las personas físicas o bien jurídicas, respectivamente.
Cataluña destaca por ser la comunidad autónoma con más tributos propios. Antes de la aprobación de estos nuevos impuestos, Cataluña disponía, a finales del año pasado, de 14 tributos propios, siendo la comunidad autónoma con un mayor número.
Tipos impositivos más altos: IRPF, Patrimonio…
Cataluña tiene también los tipos impositivos más altos respecto a la media estatal. Si analizamos el IRPF observamos que es la Comunidad Autónoma con uno de los tipos, tanto mínimo como máximo, de los más elevados. Respecto del Impuesto sobre Patrimonio, en algunas de las comunidades autónomas está bonificado, pero en Cataluña, conjuntamente con Aragón y Extremadura es donde más se paga por este concepto.
En relación al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Cataluña está situada dentro de la media española. Cabe recordar, que en una comunidad como la de Madrid, el importe de Patrimonio no opera y el de Sucesiones y Donaciones tiene un carácter testimonial por los supuestos más comunes.
Finalmente, si analizamos el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Cataluña fue pionera en subir los tipos impositivos, logrando actualmente los valores más elevados.
Todo ello, en un contexto donde se están aplicando revisiones de los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos en ciudades, como Barcelona o Terrassa, con efectos del próximo 1 de enero. Estos cambios, aparte de un incremento en el IBI, tendrán un impacto directo sobre el Impuesto de Patrimonio, entre otros.
Ante esta realidad hay que tener en cuenta, como mínimo, tres reflexiones:
- La realidad actual fomenta la imagen de Cataluña como la de un territorio con impuestos altos, al menos comparativamente con el resto del Estado tanto por número de impuestos como por los tipos nominales.
La imagen de impuestos elevados y el marco normativo imprevisible no fomenta ni la captación ni la retención de talento ni de inversión, y por tanto de empleo.
- Un tema no menor es el revuelo que provoca la aplicación de estos nuevos impuestos, tanto para las empresas como para el resto de contribuyentes, para comprender el diseño y su aplicación. Aparte de los elevados costes administrativos, este hecho crea tensiones y conflictos entre los contribuyentes y la administración.
- Dada la contradicción de los tributos propios con los impuestos estatales, se deriva en un constante conflicto institucional entre las administraciones, con necesidad de la intervención del Tribunal Constitucional. Por ejemplo, con el Impuesto sobre la provisión de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas (canon digital) o el Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, entre otros.
- Todas estas nuevas figuras tributarias se dan en un contexto en que la recaudación de la Agencia Tributaria de Cataluña ha subido el 13,7% en el primer semestre de 2017. Destaca el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que lo ha hecho en un 17,5%.
ANEXO
Tributos Propios de Cataluña el 2016:
- Canon del agua.
- Canon sobre la deposición controlada de residuos municipales.
- Canon sobre la deposición controlada de residuos industriales.
- Canon sobre la deposición controlada de residuos de la construcción (suspendida su aplicación).
- Canon sobre la incineración de residuos municipales.
- Gravamen de protección civil.
- Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales.
- Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.
- Impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito (declarado inconstitucional).
- Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial.
- Impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria.
- Impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear.
- Impuesto sobre la provisión de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas y de fomento del sector audiovisual y la difusión de la cultura digital.
- Impuesto sobre las viviendas vacías.
Tributos Propios de Catalunya creados el 2017:
- Impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas.
- Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas.
- Impuesto sobre el riesgo medioambiental de la producción, manipulación y transporte, custodia y emisión de elementos radiotóxico.
- Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica (entrada en vigor a 1 de enero de 2018).
- Impuesto sobre las actividades económicas que generan gases de efecto invernadero.
- Impuesto sobre las emisiones portuarias de grandes barcos.
- Canon de explotación de actividad (anteproyecto de ley de ordenación del litoral).
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