- Los impuestos elevados y el marco normativo imprevisible no ayuda a la captación y retención del talento, ni atrae a las nuevas inversiones.
- La aplicación de los nuevos impuestos genera elevados costes administrativos y crea tensiones y conflictos entre contribuyentes y administración. Genera también un permanente conflicto institucional entre las administraciones y requiere, incluso, la intervención del Tribunal Constitucional.
- Foment entiende que, en un momento de crecimiento económico como el actual, es necesario revertir de forma gradual el incremento de la fiscalidad que se justificó por la situación de crisis.
- Actualmente hay un notable incremento de la recaptación. La Agencia Tributaria de Catalunya ha aumentado en el 1er semestre del 2017 un 13,7% más.
El Comité Ejecutivo de Foment del Treball ha considerado hoy que la continua actividad legislativa del Parlament de Catalunya para la creación de nuevos impuestos –durante este año 2017, hasta el mes de agosto, un total de seis tributos nuevos– es contraproducente para la actividad económica de Catalunya, para los contribuyentes y para las empresas. La normativa y aplicación de los nuevos impuestos comporta conflictos entre contribuyentes y administraciones, y proyecta una imagen de incertidumbre y poca previsión normativa que no fomenta la captación y retención del talento. El Comité Ejecutivo de Foment considera, en definitiva, que es un obstáculo más para la atracción de nuevas inversiones y la creación de lugares de trabajo. Catalunya es la comunidad autónoma con más tributos propios de todo el Estado y con los tipos impositivos más altos en las otras figuras tributarias. Hasta el 31 de diciembre del 2016 Catalunya contabilizaba un total de 14 tributos propios, entre los cuales hay que añadir los 6 nuevos impuestos aprobados hasta el mes de agosto del 2017.
Es por este motivo que Foment del Treball solicita que la aplicación de los impuestos debería ser entendida para crear una situación que haga compatible el mantenimiento del Estado del Bienestar, con una gestión eficiente de los impuestos y revertir de forma gradual el incremento continuado de la presión fiscal, que se justifica a partir del año 2008 como consecuencia de la crisis económica. La economía crece y los principales organismos internacionales prevén mejoras de los principales indicadores.
Nuevos impuestos en el 2017
- El Impuesto de las bebidas azucaradas se aprobó a principios del año y está en vigor desde el 1 de mayo. En julio empezó el primer periodo de autoliquidación.
- Impuesto sobre los activos no productivos de personas jurídicas, que se devengó el pasado 30 de junio. A día de hoy aún no se ha aprobado ni el reglamento ni los parámetros de liquidación, previstos a partir del año que viene.
- A la ley de medidas fiscales aprobada el pasado 28 de marzo se introdujeron nuevos impuestos como el referido a las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica, y el de elementos radiotóxicos que entrará en vigor el próximo 1 de enero, mediante la ley 5/2017, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de la creación y regulación de los impuestos de grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas y sobre las emisiones de dióxido de carbono.
- El Parlament de Catalunya ha aprobado –DOGC de 3 de agosto– la Ley 16/2017 de cambio climático, que modifica el impuesto aprobado por la ley de medidas del pasado 28 de marzo, y además se anuncian dos nuevos impuestos:
- El primero sobre las actividades económicas que generan dióxido de carbono. El Govern tiene que presentar al Parlament el proyecto de ley del impuesto sobre las actividades económicas que generan gases de efecto invernadero, de manera que el Parlament pueda aprobar la ley correspondiente y el impuesto pueda entrar en vigor en 2019, con el agravio añadido para las empresas sujetas al mercado europeo de derechos de comercio de derechos de emisiones.
- El segundo sobre las emisiones portuarias de grandes barcos, de acuerdo con su articulo 39 y las disposiciones finales Undécima y Duodécima de esta ley.
- Adicionalmente, hay el Anteproyecto de ley de ordenación del litoral, que en su artículo 25 se crea una nueva figura tributaria «el canon de explotación de actividad», con un tipo impositivo del 3% de los beneficios netos anuales, que ya se encuentran grabados en el IRPF o el Impuesto de Sociedades por los rendimientos de las actividades económicas, ya sea por las personas físicas o bien jurídicas, respectivamente.
Catalunya destaca por ser la comunidad autónoma con más tributos propios. Antes de la aprobación de estos nuevos impuestos, Catalunya disponía, a finales del año pasado, de 14 tributos propios, siendo la comunidad autónoma con un mayor número.
Tipos impositivos más altos: IRPF, Patrimonio…
Catalunya tiene también los tipos impositivos más altos respecto a la media estatal. Si analizamos el IRPF observamos que es la Comunidad Autónoma con uno de los tipos, tanto mínimo como máximo, más elevados. Respecto del Impuesto sobre Patrimonio, en algunas de las comunidades autónomas está bonificado, pero en Catalunya, conjuntamente con Aragón y Extremadura es donde más se paga por este concepto.
En relación al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Catalunya está situada dentro de la media española. Cabe recordar, que en una comunidad como la de Madrid, el importe de Patrimonio no opera y el de Sucesiones y Donaciones tiene un carácter testimonial por los supuestos más comunes.
Finalmente, si analizamos el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Catalunya fue pionera en subir los tipos impositivos, logrando actualmente los valores más elevados.
Todo ello, en un contexto donde se están aplicando revisiones de los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos en ciudades, como Barcelona o Terrassa, con efectos del próximo 1 de enero. Estos cambios, aparte de un incremento en el IBI, tendrán un impacto directo sobre el Impuesto de Patrimonio, entre otros.
Ante esta realidad hay que tener en cuenta, como mínimo, tres reflexiones:
- La realidad actual fomenta la imagen de Catalunya como la de un territorio con impuestos altos, al menos comparativamente con el resto del Estado tanto por número de impuestos como por los tipos nominales. La imagen de impuestos elevados y el marco normativo imprevisible no fomenta ni la captación ni la retención de talento ni de inversión, y por tanto de empleo.
- Un tema no menor es el revuelo que provoca la aplicación de estos nuevos impuestos, tanto para las empresas como para el resto de contribuyentes, para comprender el diseño y su aplicación. Aparte de los elevados costes administrativos, este hecho crea tensiones y conflictos entre los contribuyentes y la administración.
- Dada la contradicción de los tributos propios con los impuestos estatales, se deriva en un constante conflicto institucional entre las administraciones, con necesidad de la intervención del Tribunal Constitucional. Por ejemplo, con el Impuesto sobre la provisión de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas (canon digital) o el Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, entre otros.
- Todas estas nuevas figuras tributarias se dan en un contexto en el que la recaudación de la Agencia Tributaria de Catalunya ha subido el 13,7% en el primer semestre de 2017. Destaca el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que lo ha hecho en un 17,5%.
ANEXO
Tributos Propios de Catalunya el 2016:
- Canon del agua.
- Canon sobre la deposición controlada de residuos municipales.
- Canon sobre la deposición controlada de residuos industriales.
- Canon sobre la deposición controlada de residuos de la construcción (suspendida su aplicación).
- Canon sobre la incineración de residuos municipales.
- Gravamen de protección civil.
- Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales.
- Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.
- Impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito (declarado inconstitucional).
- Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial.
- Impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria.
- Impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear.
- Impuesto sobre la provisión de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas y de fomento del sector audiovisual y la difusión de la cultura digital.
- Impuesto sobre las viviendas vacías.
Tributos Propios de Catalunya creados el 2017:
- Impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas.
- Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas.
- Impuesto sobre el riesgo medioambiental de la producción, manipulación y transporte, custodia y emisión de elementos radiotóxico.
- Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica (entrada en vigor a 1 de enero de 2018).
- Impuesto sobre las actividades económicas que generan gases de efecto invernadero.
- Impuesto sobre las emisiones portuarias de grandes barcos.
- Canon de explotación de actividad (anteproyecto de ley de ordenación del litoral).
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