El pasado 30 de diciembre el Boletín Oficial del Estado publicó la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas , microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiación por la Unión Europea-Next Generation EU (Programa Kit Digital).
El programa Kit Digital está dotado de un presupuesto total de 3.067 millones de euros y tiene como objetivo ayudar a digitalizar a pymes y autónomos de todo el territorio nacional. A través de diferentes convocatorias, los beneficiarios recibirán una ayuda en forma de bono digital para contratar lassoluciones disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa, recogido en la plataforma Acelera Pyme.
En este contexto, Red.es, organismo público competente para la concesión de las ayudas del Programa Kit Digital, pone en marcha la Convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados)que tiene por objeto la concesión de ayudas a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo para la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado.
El plazo de presentación de solicitud será de 12 meses, computando des del 2 de setiembre de 2022 a las 11:00 hasta el 2 de setiembre de 2023 a las 11:00 horas, en conformidad con el artículo 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 26.1 de las Bases Reguladoras. Este plazo concluirá antes si se agotara el crédito presupuestario establecido en el apartado tercero de la presente Convocatoria.